Una Realidad, una Cotidianidad, un Contexto: a Propósito de las Madres Cabeza de Hogar

September 30, 2022
Columna
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Foto de Kamaji Ogino

Llevaba mucho tiempo sin escribir. Los motivos eran varios y cada uno muy diferente al otro, pero uno de estos era el buscar y documentarme sobre un tema que pudiera ser interesante y que permitiera poner en discusión los aspectos que nos reúnen en la Revista: La defensa y la promoción de los Derechos Humanos con enfoque de género.

Es realmente amplia la cantidad de temáticas que podemos abordar cada uno de los escritores que hacemos parte de la misma, ya que, desde nuestra formación y nuestro contexto, hay una gran variedad de temas que nos permiten manifestarnos; incluso, en este momento, Latinoamérica esta viviendo una época de conmoción política que nos permite pensar y analizar nuestro papel como agentes de cambio y resistencia en medio de la convulsión, en medio del auge de los autoritarismos y los discursos sesgados.

Era precisamente alguna de estas situaciones sobre lo que quería hablar en esta ocasión, pero hace unos días aconteció algo que conmociono mi esfera personal que me hizo replantear el tema a abordar en esta ocasión. Por eso, lector, quiero dejar claro, que la presente columna tiene una intencionalidad clara de reconocer, en todo el sentido de la palabra, a alguien muy especial para mí, pero también a todas las mujeres que día a día se esfuerzan por ser el sustento de un hogar, ser padre y madre con sus hijos, ser las protectoras de su familia, el sustento de un hogar, y aprovecho este espacio para este fin.

Las madres cabeza de hogar son, hoy por hoy, uno de los grupos poblacionales más significativos Muestra de lo anterior es que, en América Latina, según el informe “Brechas de Género en América Latina”, realizado por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) en el año 2018, donde se tomaron datos desde 1992 hasta 2015, 1 de cada 3 hogares son liderados y sostenidos por una mujer. Esto quiere decir que, del 100% de hogares liderados por una mujer, ya sean hogares monoparentales, biparentales o unipersonales; el 57% de los hogares, a 2015, eran solventados por una mujer. 

La edad promedio de estos hogares monoparentales oscila entre los 40 y 41 años, las cuales presentan los niveles educativos más bajos en comparación por las mujeres que lideran hogares biparentales y unipersonales; esto, teniendo en cuenta que en los hogares unipersonales y biparentales.

Por otra parte, en Colombia, para el año 2015, según el Banco Mundial, el 36,4% de los hogares estaban conformados por madres cabeza de hogar. Por otro lado, el DANE, en censo del año 2018, pudo determinar que el 40,7% de los hogares cuentan con madres cabeza de hogar, haciendo notorio el incremento con el censo anterior, del año 2005, donde el porcentaje era del 29,9%. 

Ahora, teniendo claro el panorama cuantitativo de las madres cabeza de hogar en Colombia, se debe responder ahora a la pregunta ¿Qué es una madre cabeza de hogar? Para responder a esta pregunta, desde nuestro ordenamiento jurídico, debemos remitirnos a la Ley 82 de 1993, la cual determinas las medidas de protección y apoyo especial a la mujer cabeza de familia, más específicamente en su artículo 2, que las describe de la siguiente forma: 

“Es Mujer Cabeza de Familia quien siendo soltera o casada, ejerce la jefatura femenina de hogar y tiene bajo su cargo, afectiva, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar.”

Esta misma Ley, en su artículo 3, en concordancia con la Constitución Política Colombiana, artículos 13 y 43, estableció que el Estado debe velar por la especial protección de las mujeres cabeza de hogar, imponiendo así el deber al Estado de proponer políticas publicas y medidas que busquen siempre mejorar las condiciones de vida este grupo poblacional, además de ir desarrollando, de forma progresiva, sus derechos sociales, económicos y culturales.

Por otro lado, la Ley 1232 de 2008 manifestó que la mujer cabeza de hogar es quien ejerce la jefatura del mismo. Ahora bien, teniendo en cuenta estas definiciones, la Corte Constitucional, en sentencia T-084 de 2018, menciona 4 aspectos fundamentales para configurar la condición de mujer cabeza de hogar y las implicaciones de esta. 

En primer lugar, menciona que la mujer debe tener a su cargo hijos menores de edad o personas que se encuentren totalmente incapacitadas para trabajar; con este primer parámetro, de determina que las personas a cargo de la mujer cabeza de hogar deben depender de ella de forma económica, social o afectiva, pero, además, esta bajo su responsabilidad las funciones de apoyo, cuidado y manutención de las personas a cargo; adicional a esto esta categoría no solo se extienden a aquellas que estén ejerciendo la maternidad, sino que este cuidado se extiende a sus padres o a personas bastante allegadas, siempre y cuando la mujer, titular del cuidado, manutención y protección, sea el núcleo y el soporte del hogar; por último, es importante tener en cuenta que la mujer cabeza de hogar no pierde esta condición por el simple hecho que el menor de edad adquiera la mayoría de edad, ya que si este es menor de 25 años y se encuentra estudiando, este sigue dependiendo de la mujer cabeza de hogar.

En segundo lugar, la Corte Constitucional menciona que la responsabilidad de la mujer cabeza de hogar debe ser permanente. Como tercer aspecto, debe existir una total sustracción de los deberes legales de manutención por parte del progenitor de los menores de edad. Como ultimo aspecto, debe existir una diferencia sustancial entre las ayudas de los demás familiares y lo aportado por la mujer cabeza de hogar.

Dentro de esta sentencia, la Corte manifiesta que no debe haber un formalismo jurídico para la declaratoria del estatus de mujer cabeza de hogar, ya que esta depende de las “circunstancias materiales que la configuran”. Además, también se manifestó que la protección especial, tomando como referencia la Constitución, obedece a las situaciones de discriminación y machismo que han configurado la sociedad, por lo que se hace necesario, desde el ordenamiento jurídico, garantizar una serie de derechos y medidas que permitan protegerlas a ellas y a las personas que dependen de ellas.

Es claro que la sociedad actual ha mejorado en relación con la del año 2005, fecha del que era el censo más reciente, esto se evidencia en los ingresos a la educación superior o a los índices de alfabetismo; pero también es evidente que las mujeres cabeza y jefes de hogar también han incrementado en los últimos años; los factores pueden ser muchos, y adentrarse en cada uno de ellos es también bastante complejo. 

Si hablamos desde la cotidianidad, haciendo una apreciación totalmente empírica y basado únicamente en mi experiencia laboral y personal, la gran mayoría de casos en los que se presenta que una mujer se haga cargo de sus hijos, se debe al abandono y a la indiferencia total del padre para con ellos. Esto responde a un factor totalmente machista, donde el padre siente y concibe que la responsabilidad de la manutención y cuidado de los hijos recae únicamente sobre la madre; esta construcción responde a un parámetro antiquísimo donde quien cuida de los hijos y vale por ellos son las madres. Muestra de esto es que la mayoría de madres cabeza de hogar en América Latina tienen una edad promedio entre los 40 y los 41 años, a diferencia que los hogares biparentales, donde las mujeres tienen un promedio de edad entre los 27 y los 35 años, aproximadamente, permitiendo así que las mujeres puedan acceder de forma más fácil a la educación en comparación con las mujeres cabeza de hogar monoparentales. 

La sociedad esta realizando un cambio de mentalidad, no podemos decir que hay una total indiferencia frente al machismo como hace 20 años, pero aun este problema sigue latente y vigente en nuestro entorno; aun notamos casos de violencia, de discriminación o inequidad en muchas de las situaciones diarias. El reto es grande y ha habido conquistas trascendentales en materia de género, pero la lucha aun continua, aun hay que gestar espacios de reflexión y manifestación contra una realidad.

Si bien el Estado ha garantizado unas medidas de protección y unos derechos mínimos para las mujeres cabezas de hogar, aun queda mucho por hacer, porque el acceso a oportunidades laborales es aun desigual, las brechas salariales siguen estando a la orden del día y otras tantas cosas que generan situaciones de inequidad. 

El 14 de noviembre se celebra el día de la mujer colombiana, debemos reconocer las luchas de todas y cada una de las mujeres por hacer de este país mejor, por honrar sus luchas, por exteriorizar sus esfuerzos en todos los campos del conocimiento, de la historia, del deporte, del arte y la cultura; pero también debemos reconocer, como lo dije al inicio de esta columna, a esta mujeres que día a día se esfuerzan por ser ejemplo, sustento, guardianas, cuidadoras, instructoras, formadoras, heroínas y un todo para con sus hijos, para con sus personas a cargo, que día a día luchan por sortear los embates de la sociedad que las rodea y se encargan de forjar un mejor futuro con su ejemplo y dedicación.

___________________________

1 Para efectos del informe, los hogares monoparentales están conformados por aquellos donde la mujer asume el rol completo de la crianza y la manutención de los hijos; los hogares biparentales hacen referencia a aquellos donde padre y madre están presentes pero el hogar es liderado por la mujer; por último, los hogares unipersonales son aquellos donde la mujer vive sola.

Una Realidad, una Cotidianidad, un Contexto: a Propósito de las Madres Cabeza de Hogar

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November 15, 2019

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Foto de Kamaji Ogino

Llevaba mucho tiempo sin escribir. Los motivos eran varios y cada uno muy diferente al otro, pero uno de estos era el buscar y documentarme sobre un tema que pudiera ser interesante y que permitiera poner en discusión los aspectos que nos reúnen en la Revista: La defensa y la promoción de los Derechos Humanos con enfoque de género.

Es realmente amplia la cantidad de temáticas que podemos abordar cada uno de los escritores que hacemos parte de la misma, ya que, desde nuestra formación y nuestro contexto, hay una gran variedad de temas que nos permiten manifestarnos; incluso, en este momento, Latinoamérica esta viviendo una época de conmoción política que nos permite pensar y analizar nuestro papel como agentes de cambio y resistencia en medio de la convulsión, en medio del auge de los autoritarismos y los discursos sesgados.

Era precisamente alguna de estas situaciones sobre lo que quería hablar en esta ocasión, pero hace unos días aconteció algo que conmociono mi esfera personal que me hizo replantear el tema a abordar en esta ocasión. Por eso, lector, quiero dejar claro, que la presente columna tiene una intencionalidad clara de reconocer, en todo el sentido de la palabra, a alguien muy especial para mí, pero también a todas las mujeres que día a día se esfuerzan por ser el sustento de un hogar, ser padre y madre con sus hijos, ser las protectoras de su familia, el sustento de un hogar, y aprovecho este espacio para este fin.

Las madres cabeza de hogar son, hoy por hoy, uno de los grupos poblacionales más significativos Muestra de lo anterior es que, en América Latina, según el informe “Brechas de Género en América Latina”, realizado por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) en el año 2018, donde se tomaron datos desde 1992 hasta 2015, 1 de cada 3 hogares son liderados y sostenidos por una mujer. Esto quiere decir que, del 100% de hogares liderados por una mujer, ya sean hogares monoparentales, biparentales o unipersonales; el 57% de los hogares, a 2015, eran solventados por una mujer. 

La edad promedio de estos hogares monoparentales oscila entre los 40 y 41 años, las cuales presentan los niveles educativos más bajos en comparación por las mujeres que lideran hogares biparentales y unipersonales; esto, teniendo en cuenta que en los hogares unipersonales y biparentales.

Por otra parte, en Colombia, para el año 2015, según el Banco Mundial, el 36,4% de los hogares estaban conformados por madres cabeza de hogar. Por otro lado, el DANE, en censo del año 2018, pudo determinar que el 40,7% de los hogares cuentan con madres cabeza de hogar, haciendo notorio el incremento con el censo anterior, del año 2005, donde el porcentaje era del 29,9%. 

Ahora, teniendo claro el panorama cuantitativo de las madres cabeza de hogar en Colombia, se debe responder ahora a la pregunta ¿Qué es una madre cabeza de hogar? Para responder a esta pregunta, desde nuestro ordenamiento jurídico, debemos remitirnos a la Ley 82 de 1993, la cual determinas las medidas de protección y apoyo especial a la mujer cabeza de familia, más específicamente en su artículo 2, que las describe de la siguiente forma: 

“Es Mujer Cabeza de Familia quien siendo soltera o casada, ejerce la jefatura femenina de hogar y tiene bajo su cargo, afectiva, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar.”

Esta misma Ley, en su artículo 3, en concordancia con la Constitución Política Colombiana, artículos 13 y 43, estableció que el Estado debe velar por la especial protección de las mujeres cabeza de hogar, imponiendo así el deber al Estado de proponer políticas publicas y medidas que busquen siempre mejorar las condiciones de vida este grupo poblacional, además de ir desarrollando, de forma progresiva, sus derechos sociales, económicos y culturales.

Por otro lado, la Ley 1232 de 2008 manifestó que la mujer cabeza de hogar es quien ejerce la jefatura del mismo. Ahora bien, teniendo en cuenta estas definiciones, la Corte Constitucional, en sentencia T-084 de 2018, menciona 4 aspectos fundamentales para configurar la condición de mujer cabeza de hogar y las implicaciones de esta. 

En primer lugar, menciona que la mujer debe tener a su cargo hijos menores de edad o personas que se encuentren totalmente incapacitadas para trabajar; con este primer parámetro, de determina que las personas a cargo de la mujer cabeza de hogar deben depender de ella de forma económica, social o afectiva, pero, además, esta bajo su responsabilidad las funciones de apoyo, cuidado y manutención de las personas a cargo; adicional a esto esta categoría no solo se extienden a aquellas que estén ejerciendo la maternidad, sino que este cuidado se extiende a sus padres o a personas bastante allegadas, siempre y cuando la mujer, titular del cuidado, manutención y protección, sea el núcleo y el soporte del hogar; por último, es importante tener en cuenta que la mujer cabeza de hogar no pierde esta condición por el simple hecho que el menor de edad adquiera la mayoría de edad, ya que si este es menor de 25 años y se encuentra estudiando, este sigue dependiendo de la mujer cabeza de hogar.

En segundo lugar, la Corte Constitucional menciona que la responsabilidad de la mujer cabeza de hogar debe ser permanente. Como tercer aspecto, debe existir una total sustracción de los deberes legales de manutención por parte del progenitor de los menores de edad. Como ultimo aspecto, debe existir una diferencia sustancial entre las ayudas de los demás familiares y lo aportado por la mujer cabeza de hogar.

Dentro de esta sentencia, la Corte manifiesta que no debe haber un formalismo jurídico para la declaratoria del estatus de mujer cabeza de hogar, ya que esta depende de las “circunstancias materiales que la configuran”. Además, también se manifestó que la protección especial, tomando como referencia la Constitución, obedece a las situaciones de discriminación y machismo que han configurado la sociedad, por lo que se hace necesario, desde el ordenamiento jurídico, garantizar una serie de derechos y medidas que permitan protegerlas a ellas y a las personas que dependen de ellas.

Es claro que la sociedad actual ha mejorado en relación con la del año 2005, fecha del que era el censo más reciente, esto se evidencia en los ingresos a la educación superior o a los índices de alfabetismo; pero también es evidente que las mujeres cabeza y jefes de hogar también han incrementado en los últimos años; los factores pueden ser muchos, y adentrarse en cada uno de ellos es también bastante complejo. 

Si hablamos desde la cotidianidad, haciendo una apreciación totalmente empírica y basado únicamente en mi experiencia laboral y personal, la gran mayoría de casos en los que se presenta que una mujer se haga cargo de sus hijos, se debe al abandono y a la indiferencia total del padre para con ellos. Esto responde a un factor totalmente machista, donde el padre siente y concibe que la responsabilidad de la manutención y cuidado de los hijos recae únicamente sobre la madre; esta construcción responde a un parámetro antiquísimo donde quien cuida de los hijos y vale por ellos son las madres. Muestra de esto es que la mayoría de madres cabeza de hogar en América Latina tienen una edad promedio entre los 40 y los 41 años, a diferencia que los hogares biparentales, donde las mujeres tienen un promedio de edad entre los 27 y los 35 años, aproximadamente, permitiendo así que las mujeres puedan acceder de forma más fácil a la educación en comparación con las mujeres cabeza de hogar monoparentales. 

La sociedad esta realizando un cambio de mentalidad, no podemos decir que hay una total indiferencia frente al machismo como hace 20 años, pero aun este problema sigue latente y vigente en nuestro entorno; aun notamos casos de violencia, de discriminación o inequidad en muchas de las situaciones diarias. El reto es grande y ha habido conquistas trascendentales en materia de género, pero la lucha aun continua, aun hay que gestar espacios de reflexión y manifestación contra una realidad.

Si bien el Estado ha garantizado unas medidas de protección y unos derechos mínimos para las mujeres cabezas de hogar, aun queda mucho por hacer, porque el acceso a oportunidades laborales es aun desigual, las brechas salariales siguen estando a la orden del día y otras tantas cosas que generan situaciones de inequidad. 

El 14 de noviembre se celebra el día de la mujer colombiana, debemos reconocer las luchas de todas y cada una de las mujeres por hacer de este país mejor, por honrar sus luchas, por exteriorizar sus esfuerzos en todos los campos del conocimiento, de la historia, del deporte, del arte y la cultura; pero también debemos reconocer, como lo dije al inicio de esta columna, a esta mujeres que día a día se esfuerzan por ser ejemplo, sustento, guardianas, cuidadoras, instructoras, formadoras, heroínas y un todo para con sus hijos, para con sus personas a cargo, que día a día luchan por sortear los embates de la sociedad que las rodea y se encargan de forjar un mejor futuro con su ejemplo y dedicación.

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1 Para efectos del informe, los hogares monoparentales están conformados por aquellos donde la mujer asume el rol completo de la crianza y la manutención de los hijos; los hogares biparentales hacen referencia a aquellos donde padre y madre están presentes pero el hogar es liderado por la mujer; por último, los hogares unipersonales son aquellos donde la mujer vive sola.

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