La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó el pasado miércoles a la dictadura venezolana garantizar los derechos de la comunidad LGBTIQ señalando que el régimen venezolano debe tomar “medias afectivas para el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTIQ y erradicar la discriminación, violencia y situaciones de vulnerabilidad a las que están expuestas.
Además de mostrar preocupación por el acuerdo vigente del artículo 565, del Código Orgánico de Justicia Militar, el cuál establece una pena de uno a tres años de prisión a que una persona militar “cometa actos sexuales contra natura” esto quiere decir, criminalizar las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo género.
La CIDH afirma que se “recuerda al Estado de Venezuela el deber de derogar esta disposición por ser contraria al derecho a la igualdad y no discriminación”. Además agrega, “La existencia de leyes que criminalizan las relaciones consensuales puede contribuir a un entorno social en el que se entiende que la discriminación y la violencia contra las personas LGBTI es tácitamente permitida o tolerada”.