Largo fue el camino de la guerra perpetua, a su paso cegó vidas, desplazó familias y estableció una cultura que legitimó conductas que, hasta el día de hoy, han permitido las lecturas sesgadas de las realidades e invisibiliza los relatos de quienes han padecido la guerra, con el fin de proteger y salvaguardar los intereses de ciertos sectores.
Más de medio siglo después, se ha firmado un acuerdo que permitió la desmovilización de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC-EP), dando inicio a la aplicación de un proceso de justicia transicional. Esta clase de proceso demanda la participación del Estado colombiano, las FARC, las víctimas del conflicto y la sociedad en general.
En términos generales, la justicia transicional, en palabras de Paul Van Zyl[1], es un mecanismo mediante el cual se busca la generación de paz luego de un conflicto armado interno, que puede ser producto del enfrentamiento entre las fuerzas regulares del Estado y un grupo insurgente o de una dictadura, en el cual haya una violación sistemática de los Derechos Humanos.
Para el cumplimiento de este fin, los procesos de justicia transicional busca el cumplimiento de unos principios/derechos que tienen como titular a las víctimas de las violaciones a sus garantías fundamentales. Dentro de estos se encuentran: la justicia, consistente en que los victimarios, mediante un proceso judicial especial, sean sancionados por sus conductas; la reparación tiene como fin primordial restablecer los derechos que le fueron vulnerados a la víctima, tanto de forma material como de forma simbólica; la verdad como principio y derecho busca el conocimiento total de las circunstancia que originaron y permitieron la consolidación del conflicto, como de igual forma se busca que la víctima sepa de forma directa todo lo concerniente a su hecho victimizante; por último se encuentra la garantía de no repetición que trata en asegurarle tanto a las víctimas, como a la sociedad en general, que no volverán ocurrir hechos semejantes a los que se generaron en razón del conflicto[2].
En medio del cumplimiento de los postulados de la justicia transicional, nace la necesidad de construcción de la memoria histórica, la cual tiene como función incluir todos los relatos relacionados con el conflicto, para así poder tener una comprensión más amplia del mismo.
Visacovsky establece que las manifestaciones de memoria permiten dar identidad y voz a aquellos grupos o comunidades que se han visto relegados por los discursos hegemónicos del Estado[3]. Esto permite dilucidar que la memoria guarda una connotación emancipadora e identitaria de las comunidades, ya que brinda narraciones, sentires y expresiones que tienen como fin último buscar un reconocimiento social de las realidades, vivencias y expectativas, en el presente caso como víctimas del conflicto armado, y convertirse en sujetos activos de transformación y participación social.
Dentro de las manifestaciones de la memoria se pueden encontrar diferentes expresiones, estas pueden ir desde la construcción de informes, proyección de películas o documentales, elaboración de pinturas, realización de obras literarias, entre otras expresiones artísticas. Esto permite dilucidar que el ejercicio de la memoria tiene una relación intrínseca con el arte y que a su vez va ligada con las actividades propias de las comunidades.
Es válido precisar que la memoria es una de las manifestaciones para el cumplimiento del derecho a la verdad y a la reparación. Este doble alcance se debe a que por un lado la memoria brinda las herramientas para la reconstrucción de la verdad, pues los relatos que la conforman se encuentran: las declaraciones judiciales de los victimarios, los informes oficiales del Estado sobre el conflicto, las publicaciones realizadas por los medios de comunicación, las expresiones culturales, artísticas y narrativas realizadas por las comunidades y las percepciones académicas sobre el conflicto armado interno[4].
Por otro lado, la Ley 1448 de 2011 vislumbra la memoria histórica como una forma de reparación simbólica, la cual debe ser construida y conservada[5]; de igual forma esta Ley contempla como acciones de memoria histórica las manifestadas anteriormente como a su vez las formas de socialización y conservación[6].
La Ley mencionada anteriormente fue la última manifestación de aproximación a la aplicabilidad de los postulados de la justicia transicional antes de la celebración del acuerdo de paz, lo que permitió consolidar un antecedente que fue tomado por este acuerdo final, a tal punto que uno de los puntos fundamentales es la conformación de la comisión de la verdad, que tiene como tarea fundamental la reconstrucción del relato del conflicto armado interno, el cual debe confrontar las diferentes fuentes como lo son las manifestaciones históricas oficiales como las expresiones de memoria de las víctimas.
Esto permite dilucidar todo el andamiaje teórico, jurídico y político que conlleva la consolidación de este tipo de proceso, a su vez de la importancia de este acontecimiento dentro de la dinámica social, esto, debido a que es la oportunidad de conocer, por diferentes voces, todo lo que rodea al conflicto y a sus diferentes actores.
Es el momento propicio para que las mujeres puedan exteriorizar sus experiencias del conflicto, con el fin de propiciar espacios de reflexión sobre el papel de la mujer dentro de la sociedad, de replantear ese rol que se ha arraigado en la cultura colombiana producto del conflicto y los problemas políticos que este ha generado.
Las mujeres han sido las protagonistas de la realización de manifestaciones de memoria con miras de emancipación a través de la resistencia y el arte para hacer sentir su voz, no solamente con el reconocimiento de su existencia y sus luchas como algo alejado de la realidad social, sino con miras a que su experiencia sea tomada en cuenta para el mejoramiento de las bases sociales, en pro de buscar una sociedad con una real equidad de género, que respete los derechos de las mujeres, que escuche su voz.
Ejemplos de estas manifestaciones se pueden ver en las tejedoras de Mampuján, un grupo de mujeres que en el 2015 ganaron el premio nacional de paz, quienes mediante el tejido de tapices permitieron vislumbrar todo su proceso de sanación de las heridas por intermedio de la representación de la masacre que ocurrió en su pueblo natal que las obligó a desplazarse con sus familiares y sus cosas; este ejercicio de sanación del dolor permitió que en el año 2010 sus victimarios pidieran perdón, de que se les reconociera su condición de víctima pero a su vez de agentes de cambio. Otro caso es el que lidera Pastora Mira quien trabaja con las víctimas de San Carlos (Antioquía), las madres de Soacha, las mujeres de Jambaló, entre otros muchos.
El trabajo de estas lideresas es arduo, complejo y muy significativo, no solo para la construcción de la memoria de un conflicto armado que ha apagado vidas y ha desplazado a millones de sus lugares de origen, sino también por la relevancia que estos tienen dentro del ideario social y la necesidad de replantear a la mujer como un sujeto activo de cambio. Anteriormente indiqué que estos procesos vinculan a la sociedad civil, pues este es el momento de apropiarnos de sus luchas, de tomar sus discursos y manifestaciones, de respaldar sus trabajos, pues no es solo un activismo que ellas hacen para ellas mismas o su comunidad, es un trabajo que hacen por la sociedad.
Actualmente ellas se encuentran en el valle de la penumbra, un espacio entre la sombra del anonimato y la tenue luz de un leve reconocimiento social, en una lucha diaria para que sus derechos y el de todas las mujeres se reivindique, es una lucha simbólica contra la indiferencia y los idearios que persisten sobre la mujer.
Es el momento histórico para que trasciendan, que entren a la tierra del perpetuo esplendor, que resalten, que brillen con una luz propia e incandescente que alimenten todas las luchas de las demás mujeres y comunidades que claman por una voz, la memoria da esas herramientas de emancipación e identidad que la sociedad puede tomar para aprender de ellas y proyectar un futuro, pues estas no son una persistencia del pasado, sino una reconstrucción desde el presente para poder pensar un mejor futuro.
Cierto es que actualmente el hay un panorama incierto, lleno de sombras y sin un aparente camino claro, pero ellas persisten en sus demandas y lo que podemos hacer como sociedad es respaldarlas y visibilizar esos esfuerzos. Si queremos mejorar como sociedad, lo primero que hay que hacer es apropiarnos de las causas justas y nobles, ser todos y cada uno de nosotros un rayo de luz que alimente ese esplendor para que su luminosidad dé el camino acertado para reconstruirnos como una sociedad más justa, igualitaria y tolerante.
REFERENCIAS
[1] Para profundizar en esta definición puede referirse al artículo “Promoviendo la justicia transicional en sociedades post-conflicto” publicado en el libro Verdad, memoria y reconstrucción: estudios de caso y análisis comparado realizado por el Centro Internacional para la Justicia Transicional en el año 2008.
[2] Ibíd.
[3] Este concepto de memoria puede ser consultado en el artículo “Cuando las sociedades conciben el pasado como "memoria": Un análisis sobre la verdad histórica, justicia y prácticas a partir de un caso argentino”. Publicado por la revista Antipoda en el año 2007.
[4] Este concepto de las manifestaciones de verdad es desarrollado por José Dario Antequera Guzmán en su libro “La memoria histórica como relato emblemático”, publicado en el año 2011.
[5] Este mandato legal ésta contemplado en el artículo 141 de la Ley mencionada.
[6] Ver artículo 145 de la Ley 1448 de 2011.