Diversos actores nacionales e internacionales han manifestado su preocupación por las brechas de género que existen actualmente y las cuales tienen como resultado la expresión de diversas desigualdades entre hombres y mujeres. Por lo tanto, los Estados se han comprometido a generar medidas que permitan construir una igualdad sustantiva. Esto significa la modificación en el ámbito legal que permita un sistema de protección y demanda por la igualdad de condiciones y oportunidades, pero también implica que esto no quede solo en las normas, sino que existan acciones visibles, que impacten en la cotidianidad de cada persona.
Un pilar fundamental para el desarrollo de cada persona es la cultura. Ésta engloba las creencias y los ideales, los cuales determinan “qué conductas, comportamientos y actitudes deben tener las personas en función del grupo al que pertenecen” (Pechard, 2012), en los cuales se encuentran impregnados estereotipos considerados como cualidades innatas de ambos sexos.
Este tipo de creencias que terminan en formas de ser y estar en el mundo significan una barrera cultural para la consolidación de la igualdad, puesto que son transmitidas de generación en generación. Por lo que es importante comenzar por eliminar la autodesignación de los hombres como sujetos centrales en el que “todos significa generalmente todos los hombres y razón, en su uso legitimo, se refiere a la que utiliza el varón en su representación del mundo y para su servicio” (Molina,1944) excluyendo a las mujeres, y no siendo reconocidas como sujetas autónomas, teniendo un trato diferenciado y desigual a causa de concepciones biológicas y sociales que han sido arraigadas en una cultura androcéntrica.
Es así que podemos hablar de una cultura androcéntrica, en la que encuentran normalizadas las asimetrías de poder en donde a la mujer se le ha asignado un papel reproductorio y de cuidado. Estas condiciones atribuidas y que “enfrentan la mayoría de las mujeres, han puesto de manifiesto las limitaciones que afectan el goce y ejercicio de sus derechos humanos y que les impide mejorar las condiciones en las que viven” (Torres, 2011)
Si bien, no son incluidas como sujetas de derechos, ni como poseedoras de su individualidad, son pensadas dentro del imaginario social, ya no como las no hombres (perspectiva de la antigüedad), sino como las diferentes, basadas en concepciones biológicas como “la capacidad para parir, amamantar y menstruar [que] hace a las mujeres esclavas de ciclos naturales, mientras que la ausencia de estas funciones coloca a los hombre en la posibilidad [de gobernar]” (Serret, 2006) y por ende, de ser constructores de la sociedad y la cultura.
Por lo tanto, es necesario ir construyendo una cultura de igualdad, considerando a la igualdad no como una condición que busque una uniformidad de hecho, en donde hombres y mujeres tengan características idénticas, sino que podemos abordar la igualdad desde la visibilización de las mujeres como parte importante del entramado social al igual que los varones, por ello, las mujeres deben ser vistas como si fueran iguales a los demás. En definitiva, “la igualdad no se define a partir de un criterio de semejanza, sino de justicia: se otorgue el mismo valor a personas diversas integrantes de una sociedad” (Torres, 2011), considerando que no podremos construir sociedades más justas si no estamos todos y todas incluidas.
_________________________________
REFERENCIAS
- Molina, Cristina. (1994). Dialéctica feminista de la ilustración. Anthropos, España.
- Pechard, Jaqueline. (2012). La cultura política democrática. IFE,México.
- Serret, Estela. (2006) Discriminación de género. Las inconsecuencias de la democracia. CONAPRED, México.
- Torres, Isabel. (2011). De la universalidad a la especificidad: los derechos humanos de las mujeres y sus desafíos en “Feminismo, género e igualdad”, pp. 43-62. EGRAF, Madrid.