Sobre la Violenciad de Género y su Tratamiento Frente a otras Violencias

November 29, 2021
Artículo
por:
No items found.

Hay quienes sostienen que la violencia de género es una invención del feminismo y que hablar de violencias hacia las mujeres es una manera de discriminar a los demás sujetos que sufren otros tipos de violencias. Al respecto, la violencia de género no fagocita a las demás violencias ni trata de invisibilizarlas. Lo que el feminismo ha puesto en evidencia es que la violencia que sufren las mujeres es una violencia estructural y global que deriva de un desequilibrio histórico de las relaciones de poder entre mujeres y hombres; desde este enfoque ya no se considera un asunto privado y personal, sino un problema de interés público y social.

En el Convenio del Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra la mujer [instrumento aplicable a los Estados miembros de la Unión Europa que lo han ratificado, mejor conocido como “Convenio Estambul”], se reconoce que “las mujeres y niñas están más expuestas que los hombres a un riesgo elevado de violencia basada en el género”. En este sentido, los casos de violencia en los que las víctimas sean hombres, por su naturaleza, no forman parte del espectro de la violencia de género. No por ello estos casos han de ser menos importantes: es un derecho humano vivir una vida libre de violencia sin importar el género. Por tanto, la violencia ha de ser condenada en cualquier caso. De hecho, el propio Convenio de Estambul reconoce que los hombres, al igual que las mujeres, también pueden ser víctimas de violencia doméstica, pero no así de género.

La violencia de género merece un tratamiento distinto en tanto que se trata de un fenómeno multidimensional, estructural, global y endémico. De acuerdo a la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de la ONU: “constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales e impide total o parcialmente a la mujer gozar de dichos derechos y libertades”. Aquí algunas de sus características:

La violencia contra las mujeres abarca un amplio abanico de manifestaciones: violencia física, psicológica, sexual, reproductiva, institucional, simbólica y económica, entre otros tipos. La encontramos también en los micromachismos, en la mutilación genital, en la trata, en los matrimonios forzosos y en el feminicidio, siendo este último la manifestación más extrema de violencia.

La violencia contra las mujeres se encuentra en casi todos los espacios de la vida: en las instituciones públicas y privadas, en los hogares, en las escuelas, en los medios de comunicación, en la publicidad de masas, en las calles, en el trabajo, en las cárceles, etc.

Se puede considerar al Estado como responsable en caso de no “actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer”; siempre y cuando se haya obligado a ello mediante una norma internacional. Así se pronunció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Campo Algodonero” al encontrar responsable al Estado Mexicano por no haber prevenido ni erradicado la violencia sistemática y continuada contra mujeres en Cd. Juárez.

Es importante mencionar que a la par de los avances en el tratamiento de la violencia de género por parte de los Estados, sociedades, organizaciones y personas, algunas corrientes pseudo-científicas han tratado de deslegitimar la violencia de género poniendo el foco en la violencia de mujeres hacia otras mujeres y hacia otros hombres. Al respecto quiero resaltar varias cuestiones:

Afirmar que la violencia en contra de las mujeres “es un problema público y social que afecta e implica a toda la sociedad”, no implica negar la existencia de casos en los que las mujeres son las victimarias. Sin embargo, “aunque las mujeres pueden agredir a sus parejas masculinas y se dan actos violentos en parejas del mismo sexo, la violencia de pareja es soportada en proporción abrumadora por mujeres e inflingida por hombres”.

Las cifras arrojan que “los hombres padecen violencia con mayor frecuencia a manos de otros hombres desconocidos, mientras la mayor parte de la violencia padecida por las mujeres procede de hombres conocidos”. Esto

coincide con lo que ha mencionado la ONU en cuanto a que “la forma más común de violencia experimentada en todo el mundo es la violencia dentro de la pareja” ONU.

En un comparativo realizado por el Banco Mundial sobre diez factores de riesgo en mujeres de 16 y 44 años, determinó que: “la violación y la violencia de género causaban más invalidez y muerte que el cáncer, los accidentes de circulación, la malaria o la guerra”.

En conclusión, no se trata de culpabilizar al género masculino ni victimizar al femenino. Si bien la violencia no va en una sola dirección, es importante diferenciar que la violencia de género afecta en mayor medida a mujeres y niñas en todo el mundo. Por tanto, la violencia de género no es una invención del feminismo sino el resultado de un sistema que ha infravalorado la vida y los cuerpos de mujeres. Lo que el feminismo ha hecho ha sido visibilizar esta lacra social, y no solo eso: ha evidenciado que no se trata de casos aislados ni de asuntos personales; le ha puesto nombre y ha analizado la complejidad del problema con el fin de prevenirlo y erradicarlo. Negar que la violencia de género existe es contribuir a la misma.

Referencias

En la década de los sesenta la violencia de género (incluyendo la que se da dentro de las relaciones afectivas y sexuales), fue reinterpretada por las feministas radicales como un problema de interés público bajo el eslogan “lo personal es político”. Varela, Nuria. (2008). Feminismo para principiantes. Barcelona: B,S.A., p.84
Preámbulo del Convenio del Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra la mujer, 2011.
Preámbulo de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de la Asamblea General de la ONU, 1993.
Caso González y otras (“campo Algodonero”) Vs México
Artículo 7 de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención Belem Do Pará”, 1994.
A. DE MIGUEL, Neoliberalismo sexual. El mito de la libre elección, Ediciones Cátedra, Madrid, 2017, p.14.
Véase L. HEISE y C. GARCÍA MORENO.  “La violencia en la pareja”. En Informe Mundial sobre Violencia y Salud, E.G. KRUG, L.L. DAHLBERG, K.A. MERCY, A.B. ZWI y R. LOZANO (Eds.), 2003, pp 97-131; y E. BOSCH-FIOL y V.A. FERRER-PÉREZ. “Nuevo mapa de los mitos sobre la violencia de género en el siglo XXI”, en Revista Psicothema. 2012. Vol. 24, no 4, pp. 548-554.
C. GARCÍA MORENO. Violencia contra la mujer: género y equidad en la salud, Organización Panamericana de la Salud, Washington DC, 2000
En E. BOSCH-FIOL y V.A. FERRER-PÉREZ. “Nuevo mapa de los mitos sobre la violencia de género en el siglo XXI”, en Revista Psicothema. 2012. Vol. 24, no 4, pp. 548-554 con relación a L.HEISE Violence Against Women. The Hidden Health Burden. World Bank. Discussion Paper, Washington DC, 1994.

Sobre la Violenciad de Género y su Tratamiento Frente a otras Violencias

Artículo
por:
No items found.
April 15, 2019

Galería

No items found.

Hay quienes sostienen que la violencia de género es una invención del feminismo y que hablar de violencias hacia las mujeres es una manera de discriminar a los demás sujetos que sufren otros tipos de violencias. Al respecto, la violencia de género no fagocita a las demás violencias ni trata de invisibilizarlas. Lo que el feminismo ha puesto en evidencia es que la violencia que sufren las mujeres es una violencia estructural y global que deriva de un desequilibrio histórico de las relaciones de poder entre mujeres y hombres; desde este enfoque ya no se considera un asunto privado y personal, sino un problema de interés público y social.

En el Convenio del Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra la mujer [instrumento aplicable a los Estados miembros de la Unión Europa que lo han ratificado, mejor conocido como “Convenio Estambul”], se reconoce que “las mujeres y niñas están más expuestas que los hombres a un riesgo elevado de violencia basada en el género”. En este sentido, los casos de violencia en los que las víctimas sean hombres, por su naturaleza, no forman parte del espectro de la violencia de género. No por ello estos casos han de ser menos importantes: es un derecho humano vivir una vida libre de violencia sin importar el género. Por tanto, la violencia ha de ser condenada en cualquier caso. De hecho, el propio Convenio de Estambul reconoce que los hombres, al igual que las mujeres, también pueden ser víctimas de violencia doméstica, pero no así de género.

La violencia de género merece un tratamiento distinto en tanto que se trata de un fenómeno multidimensional, estructural, global y endémico. De acuerdo a la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de la ONU: “constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales e impide total o parcialmente a la mujer gozar de dichos derechos y libertades”. Aquí algunas de sus características:

La violencia contra las mujeres abarca un amplio abanico de manifestaciones: violencia física, psicológica, sexual, reproductiva, institucional, simbólica y económica, entre otros tipos. La encontramos también en los micromachismos, en la mutilación genital, en la trata, en los matrimonios forzosos y en el feminicidio, siendo este último la manifestación más extrema de violencia.

La violencia contra las mujeres se encuentra en casi todos los espacios de la vida: en las instituciones públicas y privadas, en los hogares, en las escuelas, en los medios de comunicación, en la publicidad de masas, en las calles, en el trabajo, en las cárceles, etc.

Se puede considerar al Estado como responsable en caso de no “actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer”; siempre y cuando se haya obligado a ello mediante una norma internacional. Así se pronunció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Campo Algodonero” al encontrar responsable al Estado Mexicano por no haber prevenido ni erradicado la violencia sistemática y continuada contra mujeres en Cd. Juárez.

Es importante mencionar que a la par de los avances en el tratamiento de la violencia de género por parte de los Estados, sociedades, organizaciones y personas, algunas corrientes pseudo-científicas han tratado de deslegitimar la violencia de género poniendo el foco en la violencia de mujeres hacia otras mujeres y hacia otros hombres. Al respecto quiero resaltar varias cuestiones:

Afirmar que la violencia en contra de las mujeres “es un problema público y social que afecta e implica a toda la sociedad”, no implica negar la existencia de casos en los que las mujeres son las victimarias. Sin embargo, “aunque las mujeres pueden agredir a sus parejas masculinas y se dan actos violentos en parejas del mismo sexo, la violencia de pareja es soportada en proporción abrumadora por mujeres e inflingida por hombres”.

Las cifras arrojan que “los hombres padecen violencia con mayor frecuencia a manos de otros hombres desconocidos, mientras la mayor parte de la violencia padecida por las mujeres procede de hombres conocidos”. Esto

coincide con lo que ha mencionado la ONU en cuanto a que “la forma más común de violencia experimentada en todo el mundo es la violencia dentro de la pareja” ONU.

En un comparativo realizado por el Banco Mundial sobre diez factores de riesgo en mujeres de 16 y 44 años, determinó que: “la violación y la violencia de género causaban más invalidez y muerte que el cáncer, los accidentes de circulación, la malaria o la guerra”.

En conclusión, no se trata de culpabilizar al género masculino ni victimizar al femenino. Si bien la violencia no va en una sola dirección, es importante diferenciar que la violencia de género afecta en mayor medida a mujeres y niñas en todo el mundo. Por tanto, la violencia de género no es una invención del feminismo sino el resultado de un sistema que ha infravalorado la vida y los cuerpos de mujeres. Lo que el feminismo ha hecho ha sido visibilizar esta lacra social, y no solo eso: ha evidenciado que no se trata de casos aislados ni de asuntos personales; le ha puesto nombre y ha analizado la complejidad del problema con el fin de prevenirlo y erradicarlo. Negar que la violencia de género existe es contribuir a la misma.

Referencias

En la década de los sesenta la violencia de género (incluyendo la que se da dentro de las relaciones afectivas y sexuales), fue reinterpretada por las feministas radicales como un problema de interés público bajo el eslogan “lo personal es político”. Varela, Nuria. (2008). Feminismo para principiantes. Barcelona: B,S.A., p.84
Preámbulo del Convenio del Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra la mujer, 2011.
Preámbulo de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de la Asamblea General de la ONU, 1993.
Caso González y otras (“campo Algodonero”) Vs México
Artículo 7 de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención Belem Do Pará”, 1994.
A. DE MIGUEL, Neoliberalismo sexual. El mito de la libre elección, Ediciones Cátedra, Madrid, 2017, p.14.
Véase L. HEISE y C. GARCÍA MORENO.  “La violencia en la pareja”. En Informe Mundial sobre Violencia y Salud, E.G. KRUG, L.L. DAHLBERG, K.A. MERCY, A.B. ZWI y R. LOZANO (Eds.), 2003, pp 97-131; y E. BOSCH-FIOL y V.A. FERRER-PÉREZ. “Nuevo mapa de los mitos sobre la violencia de género en el siglo XXI”, en Revista Psicothema. 2012. Vol. 24, no 4, pp. 548-554.
C. GARCÍA MORENO. Violencia contra la mujer: género y equidad en la salud, Organización Panamericana de la Salud, Washington DC, 2000
En E. BOSCH-FIOL y V.A. FERRER-PÉREZ. “Nuevo mapa de los mitos sobre la violencia de género en el siglo XXI”, en Revista Psicothema. 2012. Vol. 24, no 4, pp. 548-554 con relación a L.HEISE Violence Against Women. The Hidden Health Burden. World Bank. Discussion Paper, Washington DC, 1994.

Prohibida su reproducción parcial o total, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su autor y Revista Level.

COPYRIGHT © RevistaLevel.com.co

Arriba