Violencia Sexual

June 9, 2019
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Nombremos a todas:

asesinadas, desaparecidas,

abandonadas, golpeadas,

discriminadas, expulsadas.

Nombremos a todas:

trabajadoras, desempleadas,

enfermas, sanas,

locas, no hay cuerdas.

Nombremos a todas:

vivas y muertas.

Decí mi nombre, el tuyo.

Nombremos a todas

y existiremos siempre”.

Fragmento Nombremos a todas, de Paula Heredia (Córdoba- Argentina)

El derecho a las mujeres a vivir sin violencia sexual se encuentra escrito en varios tratados internacionales, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Estatuto de Roma; de forma más implícita, en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

La violencia sexual y de género, se ha convertido en característica común a los conflictos armados contemporáneos. Sin embargo, a veces los enfrentamientos armados sirven para exacerbar la discriminación y violencia contra las mujeres, a menudo estas violaciones están directamente relacionadas con la violencia que se ejerce contra las mujeres también en tiempos de paz.

En Colombia, la mirada al tratamiento que la administración de justicia da a la violencia sexual ocurrida durante el conflicto armado interno es particularmente difícil pues estamos ante un conflicto presente. A la indiferencia social frente al tema se suma el miedo. Las posibilidades de denunciar la violencia sexual en el conflicto armado interno en el país, están definitivamente determinadas por la ausencia de protección de las eventuales víctimas ante actores armados que ejercen control territorial, bien sea político, económico o militar.

En el caso de la violencia sexual y de género, fenómeno en el cual Colombia ha sido una constante en la historia del país, con una marcada característica del conflicto, en el que las fuerzas de seguridad y los paramilitares apoyados por el ejército se enfrentan a varios grupos guerrilleros, cada uno de los cuales se disputan territorio y recursos económicos. La violación ha sido utilizada como método de tortura o como forma de lesionar el “honor del enemigo”, de manera habitual durante el tiempo.

Los delitos de violencia sexual han sido ocultados o minimizados, en muchos casos y aún al interior de las propias familias en las que suceden. Se trata de una realidad difícil de aceptar, que involucra dolores del cuerpo y del alma -a veces también para el agresor.

La violencia sexual que se dirige hacia las mujeres tiene unas connotaciones particulares, como expresión de una cultura discriminatoria que tolera, permite y valida la violencia hacia las mujeres.  En este contexto, la violencia que ocurre contra la mujer tanto por el hecho de serlo porque la afecte de manera desproporcionada debido a condiciones particulares de vulnerabilidad originadas en la discriminación histórica, el cual amerita un abordaje particular.

El primer problema que existe al conocer la realidad de la violencia contra las mujeres en el conflicto armado es la falta de interés de la sociedad colombiana, donde se refleja en la ausencia de documentación oficial y no oficial al respecto, y de la misma manera se encuentra relación con el hecho de que esta experiencia, dentro del conflicto armado en Colombia apenas comienza a ser incorporada en los análisis sobre el tema.

Se materializa a la hora de darse a conocer las denuncias las cuales son inferiores a los hechos, debido y en relación al conflicto armado presente en el país, en segunda medida, el control territorial ejercido en las zonas de conflicto por diferentes actores armados, los cuales disuaden a la población de presentar denuncias, generando miedo y amenazas a sus vidas y las de sus familiares. Además, el conocimiento de denuncias no oficiales adolece de desagregación por sexo y delitos atroces.

De esta manera, el subregistro desfigura  la realidad de la violencia sexual en todos los aspectos, en relación con la violencia sexual sucedida con ocasión o en desarrollo del conflicto armado, el miedo a represalias, especialmente en zonas en donde las cuales los actores armados continúan manteniendo el control del territorio, puede desmotivar en mayor medida la denuncia o el señalamiento del responsable, evento en el cual es muy probable que las mujeres que soliciten un dictamen sexológico para iniciar un proceso judicial sean la mínima parte de quienes han sufrido la violencia sexual.

La victimas dentro de este conflicto interno, no sólo lo son por estar atrapadas entre dos fuegos, si no por ser directamente blanco de ataques. Esto afecta de manera drástica a todas las comunidades de mayor riesgo, cuyas voces apenas se escuchan, como son: mujeres indígenas, campesinas, mujeres afrodescendientes y pobladoras de barrios de las periferias de las ciudades, muchas de ellas ya desplazadas.

Los cuerpos de estas mujeres se han convertido en objetivos militares, ya sea por transgredir roles de género o por desafiar prohibiciones impuestas por los grupos armados, o por ser consideradas “depositarias” del honor de las comunidades, y por tanto blanco útil para humillar al adversario.

En el caso de las mujeres la subsistencia crónica de situaciones de discriminación y violencia por el sólo hecho de ser mujeres se exacerba durante el conflicto armado como un elemento que hace más grave y perpetúa esta historia. Tal como lo afirma el informe de la Relatoría sobre los derechos de las mujeres de la CIDH: “La violencia y discriminación contra las mujeres no surge sólo del conflicto armado; es un elemento fijo en la vida de las mujeres durante tiempos de paz que empeora y degenera durante el enfrentamiento interno.” (CIDH, 2006).

Durante el prolongado conflicto armado interno que ha vivido el país la violencia sexual contra las mujeres ha permanecido invisible. Los estudios sobre el conflicto han ignorado el tema de manera sistemática. La información que se ha recogido observando de manera particular la situación de las mujeres proviene e informes de organizaciones gubernamentales internacionales y organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales.

En relación con organizaciones no gubernamentales internacionales, Amnistía Internacional documentó abusos, violación, mutilación genital, explotación sexual, secuestro de mujeres para que presten servicios, reclutamiento de mujeres y niñas de las que posteriormente sus compañeros han abusado sexualmente y la imposición que obliga a las propias combatientes a abordar y utilizar métodos anticonceptivos como algunas de las modalidades de violencia sexual en el conflicto armado colombiano (Amnistía, 2004).

Aunque todos los actores armados han cometido crímenes sexuales contra las mujeres, al analizar el contexto de ocurrencia de estos delitos hará referencia a las características particulares de los diferentes actores armados y de sus diversos grados de responsabilidad tomando en consideración si hacen parte del Estado, si obraron en complicidad con éste o contando con su tolerancia, aquiescencia u omisión.

En el contexto del conflicto armado colombiano; el segundo evento previsto en la tipificación del Estatuto de Roma para la ocurrencia del crimen de embarazo forzado, relativo a la intención de “cometer otras violaciones graves del derecho internacional” podría ser más ajustado a la realidad si se analizan los casos de mujeres violadas por actores armados que han sido obligadas a dar a luz y mantener los hijos producto de la violación, ello también si se toma en consideración que, debido a la penalización total del aborto en el país hasta mayo de 2006, muchas mujeres se vieron forzadas a tener hijos/as producto de la violación; también se debe considerar a quienes en la actualidad, en las mismas circunstancias, no cuentan con la información sobre la despenalización del aborto no con posibilidades de acceso a este derecho ya sea por distancia de los lugares donde podrían tener acceso a estos servicios, por la negativa de entidades prestadoras de salud a suministrar.

En cuanto a las razones por las cuales las mujeres son víctimas de este tipo de violencia, los informes reseñados señalan una intersección de patrones culturales que, a partir de la discriminación hacia las mujeres, validan estas conductas como derechos de los hombres sobre el cuerpo de las mujeres, amparados en la impunidad por estos crímenes.


________________________________
REFERENCIAS

SEGATO, Rita   L.  Las   estructuras   elementales   de   la   violencia   -   Ensayos   sobre   género   entre   la antropología, el psicoanálisis y los Derechos Humanos. Buenos Aires: UNQ, 2003. (Introducción)

Jacques Sémelin, Pour sortir de la violence, París, Les édition ouvriéres, 1983

Daniel Pécaut, “De las violaciones a la violencia”, en Gonzalo Sánchez y Ricardo Peñaranda (comp.). Pasado y presente de la violencia en Colombia. Santafé de Bogotá, Cerec, 1995.

Inmanuel Kant, Ideas para una historia universal en clave cosmopolita y otros escritos sobre Filosofía. Madrid, Tecnos, 1987

Violencia Sexual

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February 27, 2019

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asesinadas, desaparecidas,

abandonadas, golpeadas,

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trabajadoras, desempleadas,

enfermas, sanas,

locas, no hay cuerdas.

Nombremos a todas:

vivas y muertas.

Decí mi nombre, el tuyo.

Nombremos a todas

y existiremos siempre”.

Fragmento Nombremos a todas, de Paula Heredia (Córdoba- Argentina)

El derecho a las mujeres a vivir sin violencia sexual se encuentra escrito en varios tratados internacionales, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Estatuto de Roma; de forma más implícita, en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

La violencia sexual y de género, se ha convertido en característica común a los conflictos armados contemporáneos. Sin embargo, a veces los enfrentamientos armados sirven para exacerbar la discriminación y violencia contra las mujeres, a menudo estas violaciones están directamente relacionadas con la violencia que se ejerce contra las mujeres también en tiempos de paz.

En Colombia, la mirada al tratamiento que la administración de justicia da a la violencia sexual ocurrida durante el conflicto armado interno es particularmente difícil pues estamos ante un conflicto presente. A la indiferencia social frente al tema se suma el miedo. Las posibilidades de denunciar la violencia sexual en el conflicto armado interno en el país, están definitivamente determinadas por la ausencia de protección de las eventuales víctimas ante actores armados que ejercen control territorial, bien sea político, económico o militar.

En el caso de la violencia sexual y de género, fenómeno en el cual Colombia ha sido una constante en la historia del país, con una marcada característica del conflicto, en el que las fuerzas de seguridad y los paramilitares apoyados por el ejército se enfrentan a varios grupos guerrilleros, cada uno de los cuales se disputan territorio y recursos económicos. La violación ha sido utilizada como método de tortura o como forma de lesionar el “honor del enemigo”, de manera habitual durante el tiempo.

Los delitos de violencia sexual han sido ocultados o minimizados, en muchos casos y aún al interior de las propias familias en las que suceden. Se trata de una realidad difícil de aceptar, que involucra dolores del cuerpo y del alma -a veces también para el agresor.

La violencia sexual que se dirige hacia las mujeres tiene unas connotaciones particulares, como expresión de una cultura discriminatoria que tolera, permite y valida la violencia hacia las mujeres.  En este contexto, la violencia que ocurre contra la mujer tanto por el hecho de serlo porque la afecte de manera desproporcionada debido a condiciones particulares de vulnerabilidad originadas en la discriminación histórica, el cual amerita un abordaje particular.

El primer problema que existe al conocer la realidad de la violencia contra las mujeres en el conflicto armado es la falta de interés de la sociedad colombiana, donde se refleja en la ausencia de documentación oficial y no oficial al respecto, y de la misma manera se encuentra relación con el hecho de que esta experiencia, dentro del conflicto armado en Colombia apenas comienza a ser incorporada en los análisis sobre el tema.

Se materializa a la hora de darse a conocer las denuncias las cuales son inferiores a los hechos, debido y en relación al conflicto armado presente en el país, en segunda medida, el control territorial ejercido en las zonas de conflicto por diferentes actores armados, los cuales disuaden a la población de presentar denuncias, generando miedo y amenazas a sus vidas y las de sus familiares. Además, el conocimiento de denuncias no oficiales adolece de desagregación por sexo y delitos atroces.

De esta manera, el subregistro desfigura  la realidad de la violencia sexual en todos los aspectos, en relación con la violencia sexual sucedida con ocasión o en desarrollo del conflicto armado, el miedo a represalias, especialmente en zonas en donde las cuales los actores armados continúan manteniendo el control del territorio, puede desmotivar en mayor medida la denuncia o el señalamiento del responsable, evento en el cual es muy probable que las mujeres que soliciten un dictamen sexológico para iniciar un proceso judicial sean la mínima parte de quienes han sufrido la violencia sexual.

La victimas dentro de este conflicto interno, no sólo lo son por estar atrapadas entre dos fuegos, si no por ser directamente blanco de ataques. Esto afecta de manera drástica a todas las comunidades de mayor riesgo, cuyas voces apenas se escuchan, como son: mujeres indígenas, campesinas, mujeres afrodescendientes y pobladoras de barrios de las periferias de las ciudades, muchas de ellas ya desplazadas.

Los cuerpos de estas mujeres se han convertido en objetivos militares, ya sea por transgredir roles de género o por desafiar prohibiciones impuestas por los grupos armados, o por ser consideradas “depositarias” del honor de las comunidades, y por tanto blanco útil para humillar al adversario.

En el caso de las mujeres la subsistencia crónica de situaciones de discriminación y violencia por el sólo hecho de ser mujeres se exacerba durante el conflicto armado como un elemento que hace más grave y perpetúa esta historia. Tal como lo afirma el informe de la Relatoría sobre los derechos de las mujeres de la CIDH: “La violencia y discriminación contra las mujeres no surge sólo del conflicto armado; es un elemento fijo en la vida de las mujeres durante tiempos de paz que empeora y degenera durante el enfrentamiento interno.” (CIDH, 2006).

Durante el prolongado conflicto armado interno que ha vivido el país la violencia sexual contra las mujeres ha permanecido invisible. Los estudios sobre el conflicto han ignorado el tema de manera sistemática. La información que se ha recogido observando de manera particular la situación de las mujeres proviene e informes de organizaciones gubernamentales internacionales y organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales.

En relación con organizaciones no gubernamentales internacionales, Amnistía Internacional documentó abusos, violación, mutilación genital, explotación sexual, secuestro de mujeres para que presten servicios, reclutamiento de mujeres y niñas de las que posteriormente sus compañeros han abusado sexualmente y la imposición que obliga a las propias combatientes a abordar y utilizar métodos anticonceptivos como algunas de las modalidades de violencia sexual en el conflicto armado colombiano (Amnistía, 2004).

Aunque todos los actores armados han cometido crímenes sexuales contra las mujeres, al analizar el contexto de ocurrencia de estos delitos hará referencia a las características particulares de los diferentes actores armados y de sus diversos grados de responsabilidad tomando en consideración si hacen parte del Estado, si obraron en complicidad con éste o contando con su tolerancia, aquiescencia u omisión.

En el contexto del conflicto armado colombiano; el segundo evento previsto en la tipificación del Estatuto de Roma para la ocurrencia del crimen de embarazo forzado, relativo a la intención de “cometer otras violaciones graves del derecho internacional” podría ser más ajustado a la realidad si se analizan los casos de mujeres violadas por actores armados que han sido obligadas a dar a luz y mantener los hijos producto de la violación, ello también si se toma en consideración que, debido a la penalización total del aborto en el país hasta mayo de 2006, muchas mujeres se vieron forzadas a tener hijos/as producto de la violación; también se debe considerar a quienes en la actualidad, en las mismas circunstancias, no cuentan con la información sobre la despenalización del aborto no con posibilidades de acceso a este derecho ya sea por distancia de los lugares donde podrían tener acceso a estos servicios, por la negativa de entidades prestadoras de salud a suministrar.

En cuanto a las razones por las cuales las mujeres son víctimas de este tipo de violencia, los informes reseñados señalan una intersección de patrones culturales que, a partir de la discriminación hacia las mujeres, validan estas conductas como derechos de los hombres sobre el cuerpo de las mujeres, amparados en la impunidad por estos crímenes.


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REFERENCIAS

SEGATO, Rita   L.  Las   estructuras   elementales   de   la   violencia   -   Ensayos   sobre   género   entre   la antropología, el psicoanálisis y los Derechos Humanos. Buenos Aires: UNQ, 2003. (Introducción)

Jacques Sémelin, Pour sortir de la violence, París, Les édition ouvriéres, 1983

Daniel Pécaut, “De las violaciones a la violencia”, en Gonzalo Sánchez y Ricardo Peñaranda (comp.). Pasado y presente de la violencia en Colombia. Santafé de Bogotá, Cerec, 1995.

Inmanuel Kant, Ideas para una historia universal en clave cosmopolita y otros escritos sobre Filosofía. Madrid, Tecnos, 1987

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